MÁS DE 50.000 AGENTES COMERCIALES RECLAMARÁN EL CÉNTIMO SANITARIO

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El Consejo General de Agentes Comerciales de España (CGAC), organización que aglutina a más de 50.000 profesionales de la venta colegiados en los 67 colegios de nuestro país, ha anunciado hoy que este colectivo reclamará la devolución del “céntimo sanitario", después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya dictaminado su ilegalidad.

Los agentes comerciales, junto a taxistas y transportistas, integran el colectivo profesional más afectado por este impuesto en España. Al igual que en el caso de los conductores de taxis y los profesionales del transporte, el vehículo del agente comercial, con el que realiza miles de kilómetros cada año, constituye una herramienta de trabajo fundamental y como tal está considerada a efectos fiscales.

El presidente del Consejo General de Agentes Comerciales de España, Manuel Maestre, ha confirmado que este colectivo reúne todos los requisitos para reclamar la devolución del cobro indebido del céntimo sanitario.

Efectivamente, gracias a la labor de asesoramiento fiscal gratuito que prestan los Colegios de Agentes Comerciales, los profesionales de la venta conservan y mantienen al día todas las facturas y libros de contabilidad de los últimos ejercicios. Hay que recordar que únicamente los contribuyentes que acrediten el consumo de combustible mediante facturas detalladas podrán realizar la solicitud pertinente.

Por ello, los Colegios de Agentes Comerciales, con su Consejo General a la cabeza, van a prestar todo el asesoramiento y la ayuda necesaria para que sus colegiados puedan presentar sus solicitudes individuales de devolución del céntimo sanitario ante Hacienda, en cumplimiento de la sentencia del tribunal europeo. En todo caso, advierten, se desconoce por el momento en qué plazo se realizará la devolución por parte de la administración tributaria, y al parecer no será desde luego con carácter inmediato.

El CGAC recuerda que el procedimiento consiste en presentar ante la Agencia Tributaria una reclamación individual de ingresos indebidos con las facturas que acrediten el pago del céntimo sanitario. No obstante, el derecho a obtener cantidades indebidamente abonadas a Hacienda prescribe a los cuatro años por lo que sólo se podrá solicitar la devolución mediante esta fórmula para los últimos cuatro años: desde marzo de 2010 hasta finales de 2012 en que dejó de tener efecto el impuesto.

En total se estima que el céntimo sanitario ha supuesto durante su período de vigencia (2002-2012) un sobre-coste en el gasto en combustibles de en torno a 30 millones de euros sólo para el colectivo de los agentes comerciales colegiados en España. Para el período objeto de devolución (2010-2012) se estima en cerca de 10 millones de euros la cantidad que podrá ser reclamada por los agentes comerciales afectados.

El "céntimo sanitario" o Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos es un recargo en el precio de los carburantes que se aplicaba en trece comunidades autónomas desde el 1 de enero de 2002 hasta finales de 2012 y sus ingresos se destinaban a financiar la sanidad. El impuesto osciló entre los 1,2 céntimos y los 4,8 que alcanzó de valor máximo en nueve comunidades autónomas.

No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que este impuesto vulnera la legislación comunitaria, ya que, según el alto tribunal, no persigue una finalidad específica y no puede usarse para financiar el gasto sanitario general, porque no hay "un vínculo directo entre el uso de los rendimientos y el fin del impuesto en cuestión". En total se estima que España recaudó con este impuesto 13.000 millones de euros hasta su desaparición en 2012.

Consulta aquí el modelo normalizado de solicitud de devolución del llamado “céntimo sanitario” que ha diseñado la Agencia Tributaria.

AV Agentes Comerciales